Auto22 de abril de 2026
A-483 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil del Circuito de Ipiales, Nari�o, y el Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Pasto, Nari�o, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Pasto, Nari�o, es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva promovida por la Cl�nica Nuestra Se�ora de los Remedios contra Mallamas EPS Ind�gena.
- Segundo. Por medio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, REMITIR el expediente CJU-7434 al Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Pasto, Nari�o, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisi�n al Juzgado 002 Civil del Circuito de Ipiales, Nari�o, a las partes e interesados en el tr�mite procesal. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB�EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �003Demanda�. [2] Expediente digital, archivo �002ActaReparto�. [3] Tambi�n sustent� su postura en los autos 403 de 2022 y 232 de 2023. Expediente digital, archivo �005AutoRechazaPorFaltaCompetencia�. [4] Expediente digital, archivo �005ActaReparto�. [5] Expediente digital, archivo �007ConflictoJurisdiccionCompetencia�. [6] Ib. [7] Expediente digital, archivo �03CJU-7434 Constancia de Repartopdf�. [8] Auto 155 de 2019. [9] Corte Constitucional, sentencias C-388 de 1996 y SU-242 de 2015. V�anse tambi�n Auto 403 de 2021, p�rrs. 17�21, y Auto 1941 de 2023, p�rr. 16. [10] Auto 403 de 2021, p�rrs. 41�43, con fundamento en el art�culo 784.12 del C�digo de Comercio colombiano. [11] Cfr. https://www.mallamaseps.com/QuienesSomos/Index . [12] Expediente digital, archivo �004AnexosDemanda�. [13] Auto 403 de 2021, p�rrs. 17�22; Consejo de Estado, Secci�n Tercera, sentencia del 21 de noviembre de 2012. [14] Ley 270 de 1996, art�culo 41.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.